Si el médico tratante expide incapacidades, por una EPS de dicho régimen, serán presentadas a la Administradora de Riesgos Laborales a la cual se encontraba afiliada la persona al momento de producirse la contingencia, para enseres del reconocimiento y suscripción de la prestación económica con cargo a los fortuna https://josephu000slb0.ltfblog.com/profile